Ascenso a Cabo Ejército de Tierra

Resultados de aptos, no evaluables y no aptos del I/25 Concurso-Oposición para el Ascenso a Cabo

De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, y en aplicación de la Resolución 551/14239/25, de 29 de septiembre (BOD núm. 192), se han publicado los resultados de la evaluación del personal que ha solicitado participar en el I/25 Concurso-Oposición para el ascenso a Cabo del Ejército de Tierra.

Relación de aspirantes

Según la resolución publicada con fecha 29 de enero de 2026, los resultados se estructuran en los siguientes anexos:

  • Anexo I: personal declarado APTO, que continúa en el proceso selectivo.

  • Anexo II: personal declarado NO EVALUABLE, por no cumplir alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria.

La publicación va acompañada de una tabla nominativa, en la que figuran los nombres de los aspirantes y las calificaciones obtenidas.

Examen de la fase de oposición

El personal declarado APTO deberá realizar el examen-oposición en el lugar, fecha y hora establecidos en el punto 4.3 de la convocatoria, debiendo presentarse con una hora de antelación sobre la hora señalada para el inicio de la prueba.

Asimismo, y conforme a lo dispuesto en el apartado 4.2 de la convocatoria, el personal declarado NO EVALUABLE que interponga recurso contra la presente Resolución deberá presentarse igualmente al examen, con independencia de la resolución posterior que se adopte.

En estos casos, será necesario solicitar vía MENSADEF al Jefe del Centro de Formación de Tropa nº 1 la asignación del punto de examen correspondiente.

Recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Defensa, conforme a lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo, se incorpora para su consulta el documento oficial en el que se recoge la relación del personal declarado NO APTO, conforme a los criterios de evaluación establecidos en la convocatoria, con indicación del motivo correspondiente en cada caso, todo ello según lo publicado en el Boletín Oficial de Defensa.