Ascenso a Cabo Ejército de Tierra

Publicada la carga definitiva de vacantes del I/25 Concurso-Oposición para el ascenso a Cabo

El 16 de diciembre de 2025, el Tribunal Eventual del I/25 Concurso-Oposición para el ascenso a Cabo del Ejército de Tierra ha hecho pública la carga definitiva de las vacantes solicitadas, una vez analizadas las alegaciones presentadas por los opositores dentro del plazo establecido.

Alegaciones estimadas y correcciones realizadas

Tras revisar las reclamaciones presentadas a la carga inicial de vacantes —publicada el pasado 18 de noviembre de 2025 en el Rincón de Tropa—, el Tribunal ha acordado estimar por unanimidad las alegaciones de varios opositores, procediendo a corregir los códigos de vacantes cargados para cada uno de ellos. Estas correcciones responden a errores detectados en la carga manual de las preferencias previamente solicitadas dentro de plazo.

Alegaciones desestimadas por extemporáneas

Por otro lado, las alegaciones presentadas por dos aspirantes han sido desestimadas al haberse registrado fuera del plazo habilitado. El Tribunal recuerda que dicho periodo tenía como único fin subsanar errores técnicos o de carga, y no modificar ni añadir nuevas preferencias de vacantes, lo que supondría una alteración sustancial de la solicitud original 

Correcciones técnicas de oficio

Además, el órgano de gestión ha realizado modificaciones de oficio tras detectar errores técnicos que provocaron saltos o registros en blanco en la prelación de vacantes de algunos opositores durante el proceso de volcado de datos. Estas incidencias han sido corregidas para garantizar la correcta asignación y ordenación de las solicitudes.

Bajas en el proceso selectivo

Finalmente, y en aplicación de la normativa vigente, se ha confirmado la baja de varios opositores del proceso selectivo, al no haber solicitado ninguna plaza válida o haber optado por vacantes para las que no cumplían los requisitos exigidos. Estas bajas no computarán como convocatoria consumida, pero implican la imposibilidad de presentarse al examen.

Posibilidad de recurso

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo establecido en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.