Ascenso a Cabo
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PROGRAMACIÓN Y RECURSOS
Programación -
CAPÍTULO 1 - ÁMBITO DE FORMACIÓN GENERAL MILITAR.Bloque I - Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas.5 Temas|9 Exámenes
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Tema 1: Disposiciones Generales
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Tema 2: Del Militar
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Tema 3: De la Disciplina
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Tema 4: De la Acción del Mando
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Tema 5: De las Operaciones
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Examen Bloque I – Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas (Examen 1)
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Examen Bloque I – Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas (Examen 2)
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Examen Bloque I – Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas (Examen 3)
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Examen Bloque I – Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas (Examen 4)
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Examen Bloque I – Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas (Examen 5)
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Examen Bloque I – Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas (Examen 6)
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Examen Bloque I – Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas (Examen 7)
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Examen Bloque I – Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas (Examen 8)
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Tema 1: Disposiciones Generales
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Bloque II - Seguridad en las Fuerzas Armadas.2 Temas|2 Exámenes
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Bloque III - Mando y Régimen Interior de las Unidades e Instalaciones del Ejército de Tierra (Orden Ministerial 50/2011).5 Temas|3 Exámenes
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Bloque IV - Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas y Código Penal Militar.2 Temas|2 Exámenes
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Bloque V - Organización y Funcionamiento del Ejército de Tierra.2 Temas|2 Exámenes
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Bloque VI - Ley Orgánica 9/2011, de Derechos y Deberes de los Miembros de las Fuerzas Armadas. Real Decreto 176/2014, Iniciativas y Quejas.5 Temas|2 Exámenes
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Tema 1: Disposiciones Generales
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Tema 2: De los Derechos y Deberes de Carácter Profesional
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Tema 3: De las Asociaciones Profesionales de los Miembros de las Fuerzas Armadas
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Tema 4: Del Observatorio de la Vida Militar
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Tema 5: RD 176/2014 Por el que se regula el procedimiento para la tramitación de iniciativas y quejas relativas al régimen personal y a las condiciones de vida que pueda plantear el militar
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Tema 1: Disposiciones Generales
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Bloque VII - Liderazgo.2 Temas|3 Exámenes
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CAPÍTULO 2 - ÁMBITO DE INSTRUCCIÓN TÁCTICA Y TÉCNICA.Bloque I - Instrucción Técnica y Táctica del Combatiente.2 Temas|13 Exámenes
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Examen Bloque I - Instrucción Táctica del Combatiente (Examen 1)
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Examen Bloque I - Instrucción Táctica del Combatiente (Examen 2)
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Examen Bloque I - Instrucción Táctica del Combatiente (Examen 3)
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Examen Bloque I - Instrucción Táctica del Combatiente (Examen 4)
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Examen Bloque I – Instrucción Táctica del Combatiente (Examen 5)
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Examen Bloque I – Instrucción Táctica del Combatiente (Examen 6)
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Examen Bloque I – Instrucción Táctica del Combatiente (Examen 7)
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Examen Bloque I – Instrucción Táctica del Combatiente (Examen 8)
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Examen Bloque I – Instrucción Táctica del Combatiente (Examen 9)
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Examen Bloque I – Instrucción Táctica del Combatiente (Examen 10)
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Examen Bloque I – Instrucción Táctica del Combatiente (Examen 11)
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Examen Bloque I – Instrucción Táctica del Combatiente (Examen 12)
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Examen Bloque I – Instrucción Táctica del Combatiente (Examen 13)
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Examen Bloque I - Instrucción Táctica del Combatiente (Examen 1)
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Bloque II - Topografía.3 Temas|4 Exámenes
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Bloque III - Armamento y Teoría del Tiro.5 Temas|2 Exámenes
Tema 1: Disposiciones Generales
TEMARIO ASCENSO A CABO EJÉRCITO DE TIERRA
Tema 1: Disposiciones Generales
Artículo 1. Objeto
Las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas, que constituyen el código de conducta de los militares, definen los principios éticos y la reglas de comportamiento de acuerdo con la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico. Deben servir de guía a todos los militares para fomentar y exigir el exacto cumplimiento del deber, inspirado en el amor a España, y en el honor, disciplina y valor.
Artículo 2. Ámbito de aplicación
- Estas Reales Ordenanzas son de aplicación a todos los militares profesionales de las Fuerzas Armadas, salvo que estén en situaciones administrativas en las que tengan suspendida su condición militar. También serán de aplicación a los alumnos de la enseñanza militar de formación. Asimismo son de aplicación, cuando se encuentren incorporados a las Fuerzas Armadas, a los aspirantes a reservista y a los reservistas.
- Dada su naturaleza militar y la condición militar de sus miembros, estas Reales Ordenanzas serán de aplicación a todos los miembros de la Guardia Civil, excepto cuando contradigan o se opongan a lo previsto en su legislación específica.
Artículo 3. Primer deber del militar
La disposición permanente para defender a España, incluso con la entrega de la vida cuando fuera necesario, constituye el primer y más fundamental deber del militar, que ha de tener su diaria expresión en el más exacto cumplimiento de los preceptos contenidos en la Constitución, en la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar y en estas Reales Ordenanzas.
Artículo 4. Deberes de carácter general
El militar guardará y hará guardar la Constitución como norma fundamental del Estado y cumplirá las obligaciones derivadas de las misiones de las Fuerzas Armadas, de su condición militar y de su sujeción a las leyes penales y disciplinarias militares.
Artículo 5. Actuación del militar como servidor público
Deberá actuar con arreglo a los principios de objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez y promoción del entorno cultural y medioambiental.
Artículo 6. Símbolos de la Patria
Todo militar tiene el deber de prestar ante la Bandera juramento o promesa de defender a España. Mostrará el máximo respeto a la Bandera y Escudo de España y al Himno Nacional como símbolos de la Patria transmitidos por la historia.
Artículo 7. Características del comportamiento del militar
Ajustará su comportamiento a las características de las Fuerzas Armadas de disciplina, jerarquía y unidad, indispensables para conseguir la máxima eficacia en su acción.
Artículo 8. Disciplina
La disciplina, factor de cohesión que obliga a mandar con responsabilidad y a obedecer lo mandado, será practicada y exigida en las Fuerzas Armadas como norma de actuación. Tiene su expresión colectiva en el acatamiento a la Constitución y su manifestación individual en el cumplimiento de las órdenes recibidas.
Artículo 9. Jerarquía
El militar desempeñará sus cometidos con estricto respeto al orden jerárquico militar en la estructura orgánica y operativa de las Fuerzas Armadas, que define la situación relativa entre sus miembros en cuanto concierne a mando, subordinación y responsabilidad. Los que ocupan los diversos niveles de la jerarquía están investidos de autoridad en razón de su cargo, destino o servicio y asumirán plenamente la consiguiente responsabilidad. La autoridad implica el derecho y el deber de tomar decisiones, dar órdenes y hacerlas cumplir, fortalecer la moral, motivar a los subordinados, mantener la disciplina y administrar los medios asignados.
Artículo 10. Unidad de las Fuerzas Armadas
Se comportará en todo momento con lealtad y compañerismo, como expresión de la voluntad de asumir solidariamente con los demás miembros de las Fuerzas Armadas el cumplimiento de sus misiones, contribuyendo de esta forma a la unidad de las mismas.
Artículo 11. Dignidad de la persona
Ajustará su conducta al respeto de las personas, al bien común y al derecho internacional aplicable en conflictos armados. La dignidad y los derechos inviolables de la persona son valores que tiene obligación de respetar y derecho a exigir. En ningún caso los militares estarán sometidos, ni someterán a otros, a medidas que supongan menoscabo de la dignidad personal o limitación indebida de sus derechos.
Artículo 12. Derechos fundamentales y libertades públicas
En su actuación el militar respetará y hará respetar los derechos fundamentales y libertades públicas reconocidos en la Constitución, sin perjuicio de que en su ejercicio deba atenerse a las limitaciones legalmente establecidas en función de su condición militar.
Artículo 13. Igualdad de género
Velará por la aplicación de los criterios y normas relativos a la igualdad efectiva de mujeres y hombres y a la prevención de la violencia de género.